F.A.Q.
F.A.Q.

F.A.Q.

Las preguntas más frecuentes que se ponen en relación al registro de los derechos de autor son las siguientes. 

1. ¿Qué le da al autor de la obra el registro del derecho de autor en el sistema SciReg?

Respuesta: El autor registra instantáneamente su derecho de prioridad a la obra y deposita el material (o una parte esencial del mismo) de su obra. La descripción breve de la obra (sinopsis,  resumen, autorecensión) se hace accesible a todos los visitantes del registro. Posteriormente, cuando Usted desee emplear de algún modo su obra (vender, conceder el derecho de uso, testar o en caso de una situación discutible), el certificado SciReg confirmará que Usted es el autor de la obra en cuestión e indicará la fecha exacta de registro.   


2. ¿Cuáles son los materiales  que puedo registrar en calidad de autor?

Respuesta: Puede registrar cualquier obra de su propia autoría. Puede ser un texto cualquier, diseños, inventos y su descripción, tecnologías, ideas comerciales, artículos científicos, teorías, hipótesis, cualesquiera materiales musicales, códigos de programa, imágenes gráficas, fotos y vídeos. 


3. ¿En qué medida el registro en el sistema SciReg es seguro? ¿Es posible la intrusión o la destrucción de los materiales del sistema? ¿Es posible que se cambien los datos sobre el autor?

Respuesta: El registro es absolutamente seguro y la intrusión en el sistema no tiene ningún sentido. El derecho de autor no está limitado en el tiempo, no puede ser suprimido ni enajenado del autor. Durante el proceso de registro, además de depositar y copiar en calidad de reserva los ficheros de materiales elaborados por el autor, se realiza una serie de  transacciones bancarias  a través de diferentes bancos y del sistema check-out. Estas cuentas bancarias y los check-out son absolutamente independientes y la información contenida en ellos no puede ser alterada ni en conjunto ni por separado. En todas las transacciones se indica el nombre del que paga y una parte de sus datos bancarios, así como el destino del pago.

Es necesario que el pago sea efectuado a través de la tarjeta de pago del autor, su cuenta bancaria o cuenta electrónica. En este caso la seguridad jurídica e informativa será totalmente garantizada.  

 

4. ¿El certificado expedido por el  SciReg servirá de prueba en un litigio (disputa) económico, jurídico, arbitral o judicial? 

Respuesta: Sí, servirá, sin ninguna duda. Además, si surge una disputa, las Partes o el juzgado tienen el derecho de exigir y recibir tanto una copia del certificado y de los materiales depositados como las copias de las transacciones.  

  

5. En caso de que haya varios autores de la obra: ¿Qué será indicado en el certificado y de qué modo serán efectuadas las transacciones (el pago)?

Respuesta: Los autores serán indicados en los respectivos espacios del impreso de registro de autoría y en la respectiva página. La única diferencia: el pago debe efectuarse exclusivamente  de la cuenta bancaria de uno de los autores. Sin embargo, se recomienda encarecidamente que los autores de la obra concluyan entre ellos por escrito un acuerdo suplementario  legítimo.   Este acuerdo puede depositarse en el sistema SciReg en calidad de fichero registrado independiente acompañado de respectiva anotación.   

  

6. ¿Es posible registrarse de mala fe? Por ejemplo, un fulano no es el autor de la obra pero, actuando de mala fe, registra la obra como la suya. 

Respuesta: En teoría, sí, es posible, pero no tiene ningún sentido práctico porque  el registro efectuado de mala fe constituye el cuerpo del delito, lo que se demuestra con facilidad. Al registrarse de mala fe, quiere decir, haciéndose pasar por el autor de la obra sin serlo, el individuo el mismo confirma el delito que se pone en el marco del sistema judicial y jurídico del país en que se realice la vista de la causa.  

  

7. Si el autor registra su obra, recibe el certificado y luego se establece que una persona que él desconoce ya ha registrado anteriormente en el sistema SciReg (o de cualquier otro modo) una obra totalmente idéntica o sustancialmente semejante a la del autor: ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de esta situación? 

Respuesta: La prioridad será adjudicada al autor que haya registrado su obra antes. El sistema SciReg no analiza el contenido de los materiales presentados para el registro. El sistema SciReg registra la fecha exacta, el nombre completo y otros datos del autor, así como deposita su obra (o un fragmento de la misma). Entre las tareas del sistema SciReg no figura la comparación de los materiales enviados por los autores. 

  

8. ¿El registro del derecho de autor sustituye  al proceso de patentación? 

Respuesta: El registro del derecho de autor garantiza la seguridad informativa absoluta del autor  protegiéndolo contra las tentativas de mala fe  de aprovecharse de los resultados de su trabajo sin autorización del propio autor.  El registro del derecho de autor en el sistema SciReg permite al autor efectuar cualesquiera operaciones con sus materiales (vender, ceder, guardar, testar etc.). El derecho de autor (o la prioridad científica, técnica, artística) está reservado al autor para siempre. El autor tiene el derecho de emplear sus materiales registrados en base de un simple acuerdo contractual. La patentación regulariza el derecho de autor  solo parcialmente y en lo que se refiere al uso comercial del producto del autor. 

 

9. Un fulano ha registrado mi obra antes de mí, haciéndose pasar por el autor. ¿Cómo puedo demostrar  que el autor soy yo? 

Respuesta: Primero, Usted debe registrarse en el sistema  SciReg y dirigirse inmediatamente al juzgado. Serán presentadas al juzgado las pruebas de su parte, el certificado y otros documentos del sistema  SciReg, así como las pruebas personales de su autoría: borradores, materiales referentes al tema y anteriormente publicados y otros atestiguamientos a favor de su posición. Serán presentados también al juzgado los materiales del demandado y sus documentos del sistema SciReg. En el caso como este, el juzgado calificará la actividad del demandado como cuerpo del delito y pronunciará la sentencia conforme a la legislación vigente en el país en que se encuentra el juzgado del demandante.  

  

10. ¿Cuál es el sentido del índice RIA  (índice de revolucionariedad) en el sistema SciReg?  ¿Cuál es su influencia sobre el derecho de autor? 

Respuesta: El índice  RIA no influye de ningún modo en el derecho del autor ni en la presentación de sus materiales en el sitio. El índice es un indicador indirecto que refleja la apreciación  subjetiva, por parte de los moderadores, de los materiales registrados.  Por otra parte, el índice RIA en el sistema SciReg permite efectuar una selección previa según el grado de revolucionariedad/confirmación de los materiales registrados. 

  

11. ¿Cómo puedo vender/regalar/testar mi derecho de autor a otra persona? ¿Cómo lo hago? 

Respuesta: Usted puede administrar  el producto-material registrado en el sistema SciReg  del modo que le convenga. Generalmente, eso se hace en el marco del derecho contractual y en el marco de la legislación del país en que vigora el contrato concluido.  

  

12. ¿Puedo prohibir el acceso al contenido esencial de la obra,  dejando solo el acceso a la descripción hecha por el autor (sinopsis, resumen, autorecensión),  o prohibir  por completo el acceso  a la publicación? 

Respuesta: Claro, el autor tiene el derecho de disponer de su obra a su juicio y prohibir por completo el acceso a la misma. Sin embargo, recomendamos que el autor deje libre el acceso  a la descripción general para que los autores que trabajan en las áreas contiguas puedan familiarizarse con ella evitando la duplicación de los materiales.  

  

13. Si he creado una imagen gráfica, por ejemplo, un logotipo, marca comercial o cualquier otro objeto gráfico: ¿Tengo que describirlo o la publicación previa será suficiente? En caso de una obra musical: ¿Tengo que depositar la anotación pautada o el archivo con el fichero musical será suficiente? 

Respuesta: Recomendamos encarecidamente que tanto  en caso de obras gráficas como en caso de obras musicales el material previo esté completado con una simple descripción textual concisa  que será indexada por el sistema de busca que funciona solamente con los textos. 

En calidad de  imagen previa sirve cualquier formato común JPG, GIF, el volumen de la imagen previa no debe ser más de  100 kb. En calidad de  obra musical previa, será suficiente publicar un fragmento de la obra con el bitrate bajo de un volumen no más de 100 kb. 

Si Usted tiene una anotación musical de bitrate alto, podrá depositar el archivo de un volumen  no más de 7 MB. 

En caso de materiales gráficos, podrá depositar cualquier formato gráfico que le convenga  o el archivo  con un volumen no superior a 7 MB.  

 

14. He creado el “content” del sitio, o he escrito un artículo para una revista, o he creado una imagen a entregar al cliente bajo  condiciones comerciales: ¿De qué manera el sistema SciReg me ayudará a defender mis derechos en caso de mala fe por parte del cliente?   

Respuesta: En casos semejantes el sistema SciReg es muy eficiente.   Cualesquiera que sean las infracciones del contracto cometidas por el cliente, su derecho de autor registrado en el sistema SciReg será totalmente protegido.  El cliente no tendrá derecho de utilizar de ningún modo su material del autor hasta que Ustedes lleguen a un acuerdo mutuo. En caso de que se demuestre la infracción de su derecho de autor (utilización parcial o total  del producto del autor sin acuerdo del mismo), surgirá una situación de responsabilidad jurídica muy grave por el uso ilegal de los materiales del autor y el infractor tendrá que compensarle los prejuicios soportados.       

  

15. ¿Puedo vender mis materiales del autor (invento, imagen, descubrimiento)  con ayuda de su recurso? 

Respuesta: La denominación  y la descripción correctamente compuestas contribuyen al interés del cliente o contratante potenciales. Recomendamos también que deje sus contactos para que  los clientes e inversionistas potenciales puedan entrar en contacto con Usted.  Si Usted no desea dejar sus contactos en el acceso libre, el cliente eventual tiene la posibilidad de comunicar al sistema SciReg su interés por los materiales del autor y el sistema le  transmitirá al autor los datos de contacto del cliente potencial.  Este servicio es gratuito.  

  

16. ¿Puedo registrar en el sistema SciReg mi derecho de autor a imágenes fotográficas, colección de fotos, materiales vídeo, fichero musical? 

Respuesta: Claro, sin duda ninguna. Sin embargo,  debido a lo específico que es el propio objeto, no vale la pena de depositar en el sistema SciReg el material de resolución completa: el material previo será suficiente. En realidad, el registro en el sistema SciReg le permitirá a Usted conceder instantáneamente al cliente o  a cualquier persona extraña  las pruebas de su autoría.  

  

17. ¿Cuál es el volumen límite del material depositado? 

Respuesta: El volumen límite del material depositado es de 7 MB. Recomendamos que se utilicen los archivadores RAR, ZIP, 7ZIP para acelerar la carga y reducir el volumen del material depositado.  

  

18. ¿Cuál es el volumen de la descripción (sinopsis, resumen, autorecensión)? 

Respuesta: El volumen máximo de la descripción es de 1000 signos ortográficos. En caso de ficheros con los materiales gráficos, fotos y vídeos es deseable que se cargue el fichero previo completando la descripción. La descripción correctamente compuesta les ayudará a otros usuarios, así como a los eventuales clientes, a encontrar más fácilmente sus materiales. 

  

19. ¿Cómo denominar correctamente mi material? 

Respuesta: Piense bien en la denominación de su material de autor. El largo de la denominación no debe exceder 100 símbolos y debe reflejar exactamente el contenido del material de autor. No será posible cambiar la denominación ya atribuida. 

 

20. ¿Podré introducir alteraciones en la descripción de mi material? 

Respuesta: Sí.  Al entrar en el panel de mando de su cuenta de autor, podrá cambiar la descripción de cualquier material suyo. La nueva descripción será activada  después de la confirmación adicional vía e-mail.  

  

21. En caso de muerte del autor  o de su incapacidad confirmada por la  decisión judicial: ¿Cómo será realizada la transferencia  del derecho sucesoral en lo que se refiere al derecho de autor?  

Respuesta: La sucesión y la transferencia de los derechos de la persona incapacitada se realiza en el marco del derecho de propiedad y de otras leyes que vigoran en el país del autor.   

  

22. ¿En qué formatos deben ser ejecutados  los materiales de autor para  depositarlos en el sistema SciReg? 

Respuesta: Los materiales de autor de un volumen hasta 1 MB se aceptan en el formato no comprimido; los materiales de un volumen mayor se aceptan en los archivos  RAR, ZIP, 7ZIP. Cualesquiera códigos de programa (inclusive los fragmentos) se aceptan exclusivamente en los formatos RAR, ZIP, 7ZIP independientemente de su volumen.  

  

23. Durante el proceso de registro del derecho de autor: ¿Es posible la fuga de importante información científica y artística  para los terceros? 

Respuesta: El sistema  SciReg garantiza la confidencialidad absoluta y alta operabilidad al registrar los materiales de autor. Además de tener el derecho de prohibir el acceso libre a sus materiales, el usuario tiene también el derecho de codificar  (o realizar otra protección criptográfica) los materiales que se registran. En el sistema SciReg serán guardadas la descripción del material compuesta por el autor, sus datos de registro y las características principales del material cargado: volumen del fichero, fecha de registro y datos de las transacciones. La patentación tradicional, las publicaciones científicas el peritaje de patentación son los procedimientos complicados y prolongados durante los cuales muchas personas reciben, de una manera u otra,  el acceso a la información de autor y pueden utilizarla de mala fe.  

 

24. Información sobre el derecho  general de autor y el derecho de patente.

El certificado  SciReg protege por completo el derecho exclusivo del autor a la propiedad intelectual. 

El derecho exclusivo a la obra de autor surge debido a la creación de esta obra por el autor.  La formalización del certificado de autor SciReg es un procedimiento voluntario y formal; durante  el proceso de registro se verifica en qué medida el pedido de registro corresponde a los requisitos establecidos. El material de autor se registra después de llenado correctamente el respectivo impreso. 

El derecho de autor es válido durante 70 años después del fallecimiento del autor.  La patente se expide por un plazo de 8 a 20 años. Las más de las veces, es imposible prolongar la validez de la  patente. 

  Semejanza y diferencia entre dos derechos de autor y de patente. 

1. El derecho de autor no protege  la idea, sino la forma de materialización de la misma (guión, obra de pintura, programa de computador, ópera etc.). El derecho de patente protege la implantación técnica  de una idea, principio de funcionamiento,  método de obtener el resultado. 

2. El derecho de patente es válido en un territorio determinado (la patente registrada en un país no es válida en otro país y vice-versa). El derecho de autor protege la propiedad intelectual en el mundo entero. 

3. En caso de objetos del derecho de patente (inventos, modelos útiles, muestras industriales) constituyen para ellos  las cualidades más importantes  lo nuevo que son, el nivel de invención, la aplicación a la industria y la posibilidad de producción en serie; en caso de objetos del derecho de autor, la cualidad más importante es la originalidad del objeto (cada objeto es una obra creada independientemente de otra).   

 

25. ¿A quién podemos considerarle autor?

Respuesta: El autor es una persona física cuyo trabajo artístico crea una obra. 

 

26. ¿Qué puede considerarse como objeto del derecho de autor?

Respuesta: Los objetos del derecho de autor son las obras de ciencia, literatura y arte resultantes de la actividad creadora independientemente del destino, cualidades y métodos de expresión de la obra, así como las obras derivadas (traducciones, adaptaciones, anotaciones, recensiones, resúmenes, escenificaciones e instrumentaciones de las obras de ciencia, literatura y artes),  las colecciones (enciclopedias, antologías, bases de datos) y otras obras resultantes del trabajo creativo. 

El derecho de autor  abarca tanto las obras ya propagadas como no propagadas en caso de que ellas existan en una forma objetiva.  

El derecho de autor incluye las ideas, métodos, procesos, sistemas, procedimientos, concepciones, principios, descubrimientos, hechos y comunicaciones sobre los acontecimientos y hechos que tienen carácter informativo.  

  

27. ¿Qué significa el símbolo © y cuál es su estatuto?

Respuesta: El símbolo  ©  es una parte integrante del sistema de protección del derecho de autor constituido por tres elementos: 

*símbolo ©; 

*nombre (denominación) del titular de derechos exclusivos de autor; 

*fecha de primera publicación de la obra.

El titular de derechos exclusivos de autor no está obligado a poner en cada ejemplar de su obra el símbolo de protección del derecho de autor: la ausencia del símbolo  © no significa que el nombre del autor se desconozca ni significa tampoco que la obra (sus elementos) pueda utilizarse sin autorización del autor. 


28. ¿Qué derechos tiene el autor?

derecho a ser reconocido como el autor de la obra (derecho de autoría);

derecho a utilizar o autorizar la utilización de la obra bajo el nombre verdadero del autor, seudónimo o sin designación del nombre, es decir, anónimamente (derecho para el nombre);

derecho a publicar o autorizar la publicación de la obra en cualquier forma (derecho a publicar), incluyendo el derecho a revocación;

derecho a proteger la obra, incluyendo su nombre, contra cualquier alteración u otro atentado, capaz de hacer daño al honor y dignidad del autor (derecho a proteger la reputación del autor);

renunciar la decisión tomada anteriormente sobre la publicación de la obra;

realizar o autorizar la realización de las acciones siguientes:

  1. Reproducir la obra (derecho a reproducción);
  2. Distribuir los ejemplares de la obra por cualquier método: vender, alquilar etc. (derecho a distribución);
  3. Importar los ejemplares de la obra con el objetivo de distribución, incluyendo los ejemplares fabricados con autorización del titular de derechos de autor exclusivos (derecho para la importación);
  4. Demostrar públicamente la obra (derecho para la demostración pública);
  5. Interpretar públicamente la obra (derecho para la interpretación pública);
  6. Transmitir la obra (incluyendo la demostración, interpretación o transmisión en el aire) para la información general por medio de la transmisión en el aire y/o ulterior transmisión en el aire (derecho a transmitir en el aire);
  7. Transmitir la obra (incluyendo la demostración, interpretación o transmisión en el aire) para la información general por el cable, alambres o por otros medios análogos (derecho a transmitir para la información general por el cable);
  8. Traducir la obra (derecho a traducir);
  9. Rehacer, instrumentar o modificar la obra por otro medio (derecho a rehacer).

29. ¿Cuando es posible utilizar la obra sin el consentimiento del autor?

Se admite la utilización de la obra sin el consentimiento del autor y sin pagar el honorario al autor, pero siempre indicando el nombre del autor, cuya obra se utiliza, así como la fuente de la apropiación:

  1. Citación en el original y en la traducción con el objetivo científico, de investigación científica, polémico, critico y de información de las obras publicadas legalmente, en el volumen justificado por el objetivo de la citación, incluyendo la reproducción de los fragmentos de los artículos de periódicos y revistas en forma de resumen de la prensa;
  2. Utilización de las obras publicadas legalmente y de los fragmentos de las mismas como las ilustraciones en las ediciones, en transmisiones de radio y televisión, grabaciones acústicas y de video del carácter educativo, en el volumen justificado por el objetivo planteado;
  3. Reproducción en los periódicos, transmisión en el aire o comunicación por cable para la información general de los artículos publicados legalmente en los periódicos o revistas, referentes a los aspectos económicos, políticos, sociales y religiosos corrientes o las obras de la misma naturaleza, transmitidas en el aire en caso, cuando tal reproducción, transmisión en el aire o comunicación por cable no fueron especialmente prohibidas por el autor;
  4. Reproducción en los periódicos, transmisión en el aire o comunicación por cable para la información general de los discursos, llamamientos, informes políticos, pronunciados públicamente, y otras obras análogas en el volumen justificado por el objetivo de información. En este caso, el autor se reserva el derecho a publicar tales obras en las colecciones;
  5. Reproducción o comunicación para la información general en los resúmenes de los acontecimientos corrientes por los medios fotográficos, mediante la transmisión en aire o comunicación para la información general por cable, de las obras que se ponen visibles o pueden ser escuchadas durante tales acontecimientos, en el volumen justificado por el objetivo de información. En este caso, el autor se reserva el derecho a publicar tales obras en las colecciones;
  6. Reproducción de las obras publicadas legalmente, sin extraer los beneficios, por medio de las letras punteadas en relieve o por otros métodos especiales para los ciegos, a excepción de las obras especialmente creadas para tales métodos de reproducción.

30. ¿Si mi obra fue creada mucho tiempo antes del registro en el sistema SciReg, prácticamente, de acuerdo con el certificado, será considerada la fecha de la autoría, la de registro y deposición del fichero en el sistema?

Sí, cuando Usted no tiene la prueba de su autoría para la fecha anterior. Usted puede indicar en el sinopsis (descripción, resumen, autorresumen) la fecha anterior de creación de la obra (fecha verdadera), si tiene las pruebas arriba mencionadas y esta dispuesto a presentarlas en cualquier momento en caso de surgir la disputa con otros autores. En cualquier caso, el certificado y registro serán fijados para la fecha de la carga (deposición) del fichero.

31. ¿Si puedo simultáneamente en paquete registrar una serie de obras y cargarlas (deponerlas) como un solo archivo?

Desgraciadamente, ello es imposible por el siguiente motivo. El registro del derecho de autor será realizado para UNA obra concreta, la cual tiene una denominación individual única y descripción única (sinopsis, autorresumen). Todas estas partes en conjunto con el archivo depositado componen el complejo único, en cuyo resultado la obra puede ser identificada unívocamente.

32. ¿Cómo redactar correctamente la denominación de mi obra y como redactar correctamente la descripción (sinopsis, autorresumen)?

La denominación debe indicar unívocamente la esencia y carácter de la obra, y la descripción debe ser breve, conteniendo la información máxima. Redactando el autorresumen, es razonable que sean utilizados principalmente los verbos y sustantivos, llevando los adjetivos al mínimo, utilizándolos sólo en caso de la extrema necesidad. Se debe abstenerse de las combinaciones de palabras emocionales y no informativas.

33. ¿Cómo se reglamenta la publicación de las obras del carácter erótico?

Textos e imágenes que son de la naturaleza erótica, serán publicados exclusivamente como una anotación breve, no pudiendo ser publicados de ninguna manera por otro modo. La tentativa de publicar tales obras es desprovista de sentido; las mismas serán excluidas unívocamente del acceso libre por los moderadores, quedándose en el acceso libre sólo la descripción breve. La decisión sobre el carácter erótico o de otro tipo de los materiales publicados será tomada por los moderadores del portal una vez y definitivamente.

Registro de sus derechos de autor y recibir protección jurídica completa.

El costo del permiso de circulación - $ 20

oferta pública - leer atentamente antes de la inscripción!

F.A.Q SciReg

Copyright Registro

NEWS: Las nuevas publicaciones

Alexey Kayukov, ha registrado "222"
de registro № 209312774, 2010-10-13 03:54:24
Leer más: >>>
Alexey Kayukov, ha registrado "111"
de registro № 385622069, 2010-10-13 03:50:32
Leer más: >>>
Charles Schreiber, ha registrado "111"
de registro № 283094396, 2010-10-13 03:24:35
Leer más: >>>
Charles Schreiber, ha registrado "logo solcity"
de registro № 295617897, 2010-10-12 05:53:02
Leer más: >>>
KYRYLL SHRAIBER, ha registrado "GPS Навигационная дорожная карта Доминиканской республики."
de registro № 166145146, 2010-10-12 04:59:13
Leer más: >>>

SolCity World Investment & Development SciReg.org

Artículo 1. Las partes de esta oferta pública (contrato de prestación de servicios de forma onerosa), a continuación del texto denominada como contrato u oferta están representadas por:
a) Ejecutor – persona que ha hecho esta oferta y realiza la ejecución de este Contrato de acuerdo con sus cláusulas: Solcity World Investment and Development; y
b) Cliente – persona que ha aceptado esta oferta y que es el autor de una obra.

Artículo 2. Aceptación
1. El Cliente aceptará esta oferta en caso y después de realizar las acciones siguientes:
a) llenar y enviar al Ejecutor el pedido en la forma electrónica establecida por este Contrato y presentada en la página de Internet oficial del Ejecutor; y
b) el autorresumen que indica la obra creada por el autor; y
c) la lista de palabras claves (tags), según las cuales en el Internet es posible determinar el autorresumen del Cliente en la página del Ejecutor; y
d) realizar la publicación ("carga”) de la misma obra en la página de Internet del ejecutor; y
e) pagar los servicios del ejecutor en el volumen y según el procedimiento establecido por este Contrato.

2. El Ejecutor verifica los datos del Cliente y realiza la publicación de los datos sobre el Cliente y su obra de autor en la página de Internet SciReg.org. A partir de este momento se considera que el Cliente ha aceptado esta oferta y llegó a ser parte de este Contrato.
3. El Ejecutor tiene derecho, y el Cliente incondicional, completamente y sin reservas está de acuerdo con esta cláusula, sin explicar los motivos de la renuncia de esta oferta aceptada por el Cliente.

Artículo 3. Objeto del Contrato
1. Por el presente Contrato el Ejecutor prestará los servicios de organización, formación y registro de los derechos de autor, en forma electrónica, en la página de Internet especial del Ejecutor.
2. Según este Contrato, el Ejecutor, por pago, presta servicio al Cliente respecto a la disposición (publicación) de los datos sobre el solicitante como el autor de la obra, en condiciones y de acuerdo con este Contrato.
3. Las partes entienden como la obra de autor la creación del objeto de los derechos de autor establecidos por el Código Civil o por otras leyes del País de residencia del Autor.
4. El Ejecutor publica los datos (información), a continuación denominados como resumen, del solicitante como el autor de la obra en el Registro que está dispuesto en la página de Internet oficial del Ejecutor, en las condiciones establecidas por este Contrato.
5. El Ejecutor tiene derecho sin conciliación del Cliente, y el Cliente está de acuerdo con esta cláusula incondicionalmente, a transferir sus deberes de ejecución de este Contrato a cualquier tercero según su parecer.

Artículo 4. Registro
1. El registro está representado por la lista unificada que contiene el resumen del Cliente: información sobre el autor, incluyendo los coautores, denominación de la obra de autor, fecha de publicación, autorresumen que descubre el contenido de la obra de autor y su carácter único, así como el número único de disposición en el Registro que se concede al autor y a su obra automáticamente por el Ejecutor, palabras claves de búsqueda (tags), según las cuales cualquier persona puede encontrar los datos sobre el autor y su obra dispuesta en el Registro en la página de Internet oficial del Ejecutor.
2. El autorresumen representa una descripción breve de la obra de autor que indica a su carácter único y que el Cliente es su autor.
3. El Registro está representado en la forma electrónica en la página de Internet oficial del Ejecutor.
4. La información sobre el autor, obra de autor y otros datos establecidos en las reglas de publicación de los datos en el registro, establecidos por el Ejecutor, además del número único, serán dispuestos por el mismo Cliente en la página de Internet oficial del Ejecutor.
5. El Registro, lo mismo como la página de Internet oficial pertenecen al Ejecutor.
6. Toda y cualquier información dispuesta por el Cliente en el Registro de acuerdo con las cláusulas de este Contrato pertenece al Ejecutor. Por la presente el Cliente no transfiere al Ejecutor sus derechos de autor para su obra de autor.
7. Las reglas del Registro y su formalización, disposición de cualquier datos (información) en el mismo están representadas en el Suplemento No. 1 a este Contrato, el cual es la parte integrante de este Contrato. Las reglas son formuladas exclusivamente por el Ejecutor. El Ejecutor, sin conciliación del Cliente, y el Cliente están de acuerdo con esta cláusula incondicionalmente y tienen derecho a introducir cualquier modificación y/o complemento en las reglas del Registro. Las reglas del Registro son incondicionalmente obligatorias para el Cliente.

Artículo 5. Obligaciones de las partes
1. Según este Contrato, las partes están obligadas (por la presente deben) incondicional, voluntaria y precisamente cumplir todas las condiciones de este Contrato, así como todo y cualquier anexo, suplemento y/o modificación para este Contrato, formalizados en las condiciones establecidas por este Contrato.
2. El Cliente debe pagar los servicios del Ejecutor según el procedimiento y volumen establecidos por el presente Contrato.
3. El Cliente, en caso de su muerte, debe vincular a sus demandados por las condiciones de este Contrato.
4. En caso de transferir sus derechos de autor al tercero, El Cliente debe vincular tal tercero por sus obligaciones para el presente Contrato.
5. El Cliente tiene el derecho exclusivo de alegar en cualquier forma a su resumen (sinopsis, autorresumen) publicado en el Registro en la página de Internet oficial el Ejecutor, en caso del cumplimiento total y concienzudo de sus deberes según este Contrato.

Artículo 6. Pago de los servicios del Ejecutor. Precio del Contrato
1. El Cliente debe pagar los servicios del Ejecutor según el procedimiento y valor establecidos por las condiciones de este artículo del Contrato.
2. El valor de una publicación por el solicitante de su único resumen en el Registro es de 20 (veinte) dólares EE.UU. que es el precio de este Contrato.
3. El procedimiento de pago de la suma de dinero, establecida por este artículo del Contrato se determina en el anexo No. 1 para este Contrato.
4. El solicitante le pagará al Ejecutor el monto indicado en el inciso 2 de este artículo del Contrato (pagará por el servicio del Ejecutor) el momento del registro.
5. Los montos pagadas por el Cliente al Ejecutor según este Contrato no están sometidos a la devolución.
6. Cada una de las partes pagará todos sus impuestos, recaudaciones y/o derechos, cualesquiera que sean, establecidas por la legislación de la parte y debido al cumplimiento de las condiciones de este Contrato por la parte. Ninguna de las partes no es agente fiscal de otra parte.

Artículo 7. Renuncia de cumplir el Contrato
1. El Cliente tiene derecho a renunciar el cumplimiento de este Contrato en forma de no hacer el pago regular, establecido por este Contrato.
2. El Ejecutor tiene derecho, incluyendo el unilateral, a renunciar el cumplimiento de este Contrato sin indemnizar al Cliente cualquier gasto y/o daño (pérdida), así como sin pagar cualquier multa y/o pena y/o cualquier penalidad, y el Cliente está de acuerdo incondicional y totalmente con esta cláusula en caso (casos) de:
a) impago de los servicios del Ejecutor por el Cliente en el volumen y en las condiciones establecidas por el presente Contrato; y/o
b) indicación de los datos falsos por el Cliente; y/o
c) por cualquier motivo de índole técnico.

Artículo 8. Intercambio de la información
1. Por el presente Contrato las partes pueden intercambiar la información, y esta información para las partes será considerada como oficial, si lo otro no está establecido por este Contrato, por teléfono, fax, sms, Skype, correo electrónico y/o por escrito (en papel).
2. Según este Contrato las partes pueden intercambiar los documentos, y estos documentos para las partes tendrán la fuerza legal y serán considerados recibidos debidamente por las partes, si lo otro no está establecido por este Contrato, vía fax, Skype, correo electrónico, por escrito en papel. La firma puesta en el documento enviado por una parte por correo electrónico, será reconocida por las partes. La firma puesta en el documento enviado por una parte por el fax, será reconocida por las partes. La firma puesta por debajo del documento enviado por una parte por Skype, será reconocida por las partes.
3. Junto con lo arriba mencionado, las partes pueden mantener correspondencia por los medios electrónicos y firmar cualquier y todo el documento por la firma electrónica digital (FED).

Artículo 9. Arbitraje
1. Todas las disputas entre las partes que surgen debido a la interpretación de este Contrato y/o cumplimiento de este Contrato, serán resueltas por las partes en forma de conversaciones bilaterales.
2. En caso de no lograr el compromiso durante las conversaciones, las partes resolverán su disputa en la tercería (arbitraje) de la Cámara de Comercio e Industria de British Virgin Islands.
3. En calidad de las normas del derecho procesal, en cuya base las partes resuelven su disputa, las partes aceptan el reglamento de la tercería (arbitraje) de la Cámara de Comercio e Industria de British Virgin Islands.
4. En calidad de las normas del derecho material, en cuya base las partes resuelven su disputa, las partes aceptan este Contrato y normas de convenios (convenciones) internacionales que regulan las relaciones jurídicas referentes al derecho del autor.

Artículo 10. Otras condiciones
1. Este Contrato está redactado por escrito y en la forma electrónica, en un ejemplar, cuyo original:
a) Contrato redactado por escrito se encuentra en la oficina del Ejecutor, y
b) el de forma electrónica está publicado en la página de Internet oficial del Ejecutor.
2. Las modificaciones, suplementos y/o anexos para este Contrato serán redactados por escrito y en la forma electrónica por el Ejecutor unilateralmente, un ejemplar en papel y un ejemplar en forma electrónica, el cual será publicado en la página de Internet oficial, y el Cliente está incondicionalmente de acuerdo con esta cláusula.
3. Las modificaciones de este Contrato serán formalizadas por el Ejecutor en forma de la redacción nueva del Contrato.
4. En caso del desacuerdo del Cliente con las condiciones nuevas, el mismo tiene derecho a renunciar el Contrato, procediendo según las condiciones establecidas por este Contrato. Requisitos del Ejecutor:

Global Info  |  Service Info  |  Sobre SciReg  |  Investor Relations  |  Careers  |  Privacy Policy
This site is protected by copyright and trademark laws under US and International law. All rights reserved. © 1995-2012 SciReg